La compraventa de inmuebles en España está sujeta a diversas normativas fiscales, entre ellas el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) cuando se trata de viviendas de segunda mano.
En este contexto, Hacienda tiene la facultad de comprobar si el valor declarado en la escritura de compra se ajusta a la realidad y, si lo considera inferior al valor de mercado, puede hacer su propia valoración para exigir un pago adicional.
Sin embargo, ¿es válido que esta valoración se haga sin una inspección presencial del inmueble? El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite dos recursos que ponen en entredicho esta práctica, muy común por parte de la Agencia Tributaria.
¿Cómo hace Hacienda sus valoraciones?
Cuando un comprador paga el ITP, Hacienda puede revisar si el valor declarado se ajusta a lo que ellos consideran adecuado. Si el importe es inferior al que estiman como «valor real», pueden reclamar el pago de la diferencia. Para ello, realizan tasaciones con herramientas digitales como:
- 📌 Google Maps y otras fuentes de imágenes satelitales.
- 📌 Sede Electrónica del Catastro, que ofrece información sobre superficie y uso del inmueble.
- 📌 Ortofotos del Instituto Geográfico Nacional y el Plan Nacional de Ortofotografía Aérea.
- 📌 Comparación con otros inmuebles similares de la zona.
De esta manera, Hacienda ha estado determinando el valor de muchas propiedades sin que un perito visite físicamente la vivienda, lo que ha generado controversia y reclamaciones por parte de los contribuyentes.
El Tribunal Supremo pone en duda este método
El Tribunal Supremo ha decidido revisar dos recursos que cuestionan la legalidad de esta forma de tasación. En concreto, se debate si es imprescindible que un perito visite el interior del inmueble o si la Administración puede seguir utilizando solo herramientas digitales para fijar un nuevo valor y, con ello, modificar la liquidación del impuesto.
En uno de los casos que han llegado al Supremo, un contribuyente recurrió una tasación hecha por Hacienda sin inspección presencial, alegando que el valor asignado no estaba correctamente motivado. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura respaldó la valoración de la Agencia Tributaria, argumentando que la visita no era indispensable. Ahora, el Supremo deberá definir si la comprobación del perito debe incluir de forma obligatoria el examen tanto del exterior como del interior de la vivienda.
¿Cómo puede afectar esta decisión a los compradores de vivienda?
Si el Tribunal Supremo establece que es obligatorio que los peritos de Hacienda visiten los inmuebles antes de valorarlos, se abriría una nueva vía para impugnar muchas liquidaciones del ITP basadas en tasaciones sin inspección presencial. Esto beneficiaría a los compradores que han visto cómo su impuesto aumentaba sin un análisis exhaustivo del estado real de la vivienda.
Por otro lado, si el Supremo avala la actual forma de proceder de la Agencia Tributaria, Hacienda podrá seguir utilizando imágenes aéreas y comparaciones sin necesidad de inspeccionar físicamente los inmuebles, lo que seguiría generando controversia entre contribuyentes y abogados fiscalistas.
¿Qué hacer si Hacienda revisa el valor de tu inmueble?
Si has comprado una vivienda y recibes una liquidación complementaria del ITP basada en una tasación de Hacienda, es importante saber que puedes:
✅ Solicitar el informe del perito para revisar cómo se ha calculado el valor.
✅ Impugnar la valoración si consideras que no está bien fundamentada.
✅ Aportar una tasación pericial contradictoria con una valoración real del inmueble.
✅ Recurrir la liquidación si no estás de acuerdo con la nueva valoración de Hacienda.
En FincaX, estamos al tanto de todas las novedades legales que pueden afectar a nuestros clientes.
Si necesitas asesoramiento sobre la compra de un inmueble o sobre impuestos asociados a la compraventa, nuestro equipo de expertos está aquí para ayudarte.
📩 Contáctanos y te acompañamos en cada paso de tu compra inmobiliaria.